El Perú ofrece un marco legal adecuado para la inversión extranjera:
Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada:
CEPRIP: comités de carácter temporal encargados de la evaluación de iniciativas privadas de inversión bajo las modalidades previstas en el Artículo 6° de la Ley N° 27059.
El plazo máximo para emitir pronunciamiento sobre la iniciativa privada presentada es de sesenta (60) días hábiles.
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CEPRIP: comités de carácter temporal encargados de la evaluación de iniciativas privadas de inversión bajo las modalidades previstas en el Artículo 6° de la Ley N° 27059.
El plazo máximo para emitir pronunciamiento sobre la iniciativa privada presentada es de sesenta (60) días hábiles.
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El plazo máximo para emitir pronunciamiento sobre la iniciativa privada presentada es de sesenta (60) días hábiles.
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El plazo máximo para emitir pronunciamiento sobre la iniciativa privada presentada es de sesenta (60) días hábiles.
A continuacion de podra descargar la normativa vigente para Asociación Pública Privadas y Obras por Impuesto.
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